La adhesión de Colombia a Convenio de Budapest desde 2018, referente mundial en materia de ciberdelincuencia.

El pasado 20 de junio de 2018 la Ca mara dio vía libre a la adhesión de Colombia al convenio de Budapest, tratado en el cual se encuentran vinculados ma s de 56 países que buscan construir una política mundial común contra la ciberdelincuencia.

¿Por qué es importante para Colombia este convenio?

Supongamos que una persona que vive en Colombia realizar una compra desde este país en una tienda online que se encuentra hosteada en Chile y de la cual es dueña una persona que vive en Brasil, — situación muy común hoy en día — . Lamentablemente el comprador es víctima de una estafa en ese sitio web, ya que nunca le llegó a su casa el producto que compró y al momento de realizar el reclamo nunca le respondieron. Lo normal que hace la víctima en estos casos es instaurar una denuncia por fraude en Colombia, pero el delito en sí se cometió desde Brasil y la evidencia se encuentra en Chile. En esta situación es donde surgen preguntas como ¿Quién se hace cargo del caso?, ¿Qué leyes se deberían aplicar para este caso? o ¿Como se debería tratar la evidencia?

Debido a casos como el planteado anteriormente se hizo indispensable establecer una política penal común y armonizar la cooperación internacional, es así como en 2001 el Comité de Ministros del Consejo de Europa sancionó el Convenio de Budapest. En la actualidad se han adherido al convenio ma s de 56 países de todo el mundo y en Latinoamérica ya forman parte Chile, Costa Rica, República Dominicana, Panama , Argentina y próximamente Colombia.

Con la adhesión de Colombia al convenio de Budapest, se tendrían las herramientas necesarias para poder proceder ante casos como el planteado anteriormente.

¿Qué establece el convenio de Budapest?

El convenio tiene cuatro capítulos y se establecen tres ejes esenciales para hacer frente a los delitos informa ticos:

En el primer eje se aborda el tema de los delitos informa ticos, en este capítulo se definen los delitos y se los clasifica en 4 categorías:

  • Delitos que tienen a la tecnología como fin: son aquellos que atentan contra la confidencialidad, integridad o disponibilidad de la información. Por ejemplo, el daño informa tico, el acceso ilícito a un sistema, etc.
  • Delitos que tienen a la tecnología como medio: se refiere a delitos ya conocidos, que se cometen a través de un sistema informa tico. Son delitos comunes, que ya se encuentran tipificados en la mayoría de las legislaciones, ampliados a los medios digitales. Por ejemplo, el fraude informa tico o la falsificación de datos digitales.
  • Delitos relacionados con el contenido: establece como delitos diversos aspectos de la producción, posesión y distribución electrónica de pornografía infantil.
  • Delitos relacionados con infracciones a la propiedad intelectual: se refiere a la reproducción y difusión en Internet de contenido protegido por derechos de autor, sin la debida autorización. Por ejemplo: infracciones a la propiedad intelectual, piratería, etc.

El segundo eje contempla las normas procesales: aquí se establecen los procedimientos para salvaguardar la evidencia digital, así como también las herramientas relacionadas con la manipulación de esta evidencia. Entre otras palabras determina la obtención y conservación de datos digitales para ser utilizados como pruebas.

El último eje contiene las normas de cooperación internacional, que son reglas de cooperación para investigar cualquier delito que involucre evidencia digital, ya sean delitos tradicionales o informa ticos. Incluye, entre otras, disposiciones acerca de la localización de sospechosos, recolección o envío de evidencia digital, e incluso lo referente a extradición.

De acuerdo a lo planteado en los tres ejes y como se define en el prea mbulo del convenio, la armonización en ciberdelincuencia se logra tipificando conductas de delitos informa ticos similares en todos los países, unificando normas procesales de cualquier delito que tengan evidencia digital y a través de una cooperación internacional, similar y armónica en todos los países.

La adhesión al convenio es un gran paso para Colombia en materia de investigación de delitos informa ticos, ya que otorgara herramientas y procedimientos para la lucha contra el cibercrimen. 

FUENTE:  blog.dongee.com

 

 

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